¿Cuándo y cómo pedir al ayuntamiento que corte un árbol?

En ocasiones, el arbolado ubicado en espacios públicos pueden representar un problema o riesgo, ya sea por su estado de salud, su ubicación o los daños que causan. En estos casos, es posible solicitar al ayuntamiento que se encargue de talar o retirar el árbol. Este artículo está enfocado en explicar los pasos necesarios para realizar esta solicitud en España, con especial atención a Madrid, donde el arbolado urbano está protegido por estrictas normativas.

¿Cuándo puede el ayuntamiento cortar un árbol?

El ayuntamiento solo procederá a cortar un árbol en situaciones justificadas y debidamente documentadas. Estas son algunas de las razones más comunes:

  1. Riesgo para la seguridad pública: Si el árbol está seco, presenta ramas inestables o inclinación peligrosa que podría causar accidentes.
  2. Estado fitosanitario grave: Árboles enfermos o afectados por plagas que no tienen posibilidad de recuperación y representan un riesgo para otros ejemplares cercanos.
  3. Daños a infraestructuras públicas: Cuando las raíces o ramas de un árbol están afectando aceras, calzadas, redes de saneamiento u otras instalaciones municipales.
  4. Obstrucción de servicios esenciales: Árboles que bloquean señales de tráfico, alumbrado público o accesos importantes.
  5. Especie invasora: Si el árbol pertenece a una especie catalogada como invasora y su presencia supone un problema ambiental.

Es importante señalar que el ayuntamiento evaluará cada caso cuidadosamente antes de autorizar la tala, ya que su prioridad es preservar el arbolado urbano.

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Marco legal que regula la tala de árboles en Madrid

Conocer la normativa que regula la gestión del arbolado urbano es fundamental antes de iniciar cualquier trámite de solicitud de tala. En Madrid, existe un completo marco legal que protege los árboles públicos y privados.

La Ley 8/2005 de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid establece las bases para la protección del patrimonio arbóreo. Esta normativa es particularmente estricta y detalla las condiciones bajo las cuales puede autorizarse la tala de un árbol. Según esta ley, cualquier ejemplar de más de diez años o que supere los 20 centímetros de diámetro de tronco medido a 1,30 metros de altura requiere autorización administrativa para su tala.

La Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano del Ayuntamiento de Madrid complementa la legislación regional. El artículo 209.1.c de esta ordenanza específica que no se permitirá talar, arrancar o abatir árboles situados en espacios públicos o privados sin el informe preceptivo del órgano competente. Este documento establece procedimientos detallados para la solicitud y concesión de permisos de tala.

Las Ordenanzas Municipales de cada distrito o municipio de la Comunidad de Madrid pueden incluir disposiciones adicionales específicas. Estas ordenanzas locales a menudo detallan aspectos como los plazos de resolución, documentación requerida o medidas compensatorias aplicables, por lo que es importante consultar la normativa específica del distrito donde se encuentre el árbol.

Es importante destacar que la normativa distingue claramente entre árboles en espacios públicos, cuya gestión corresponde directamente al ayuntamiento, y árboles en espacios privados, donde el propietario debe solicitar autorización para cualquier intervención. Las sanciones por incumplir esta normativa son significativas, pudiendo alcanzar los 100.000 euros o más, como muestran casos recientes en la Comunidad de Madrid.

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¿Cómo solicitar al ayuntamiento que corte un árbol?

Solicitud de permiso para tala de árboles​

Para iniciar el proceso, es necesario seguir estos pasos:

  1. Identificar el departamento correspondiente: En Madrid, la solicitud debe dirigirse a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes o al área de Parques y Jardines del distrito correspondiente.
  2. Presentar una solicitud formal: Esto puede hacerse presencialmente en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Es importante incluir todos los detalles relevantes sobre el árbol (ubicación exacta, especie si se conoce, problemas observados).
  3. Aportar documentación adicional: Fotografías del árbol desde diferentes ángulos y cualquier evidencia que respalde la necesidad de su tala (por ejemplo, daños visibles o ramas caídas).
  4. Esperar la inspección técnica: Un técnico municipal evaluará el estado del árbol para determinar si es necesario cortarlo.
  5. Recibir la resolución: El ayuntamiento notificará si aprueba o deniega la solicitud. En caso positivo, se programará la tala.

Documentación necesaria para la solicitud

Para que la solicitud de tala sea considerada por el ayuntamiento, es necesario aportar documentación específica que respalde la petición. La preparación adecuada de estos documentos aumenta significativamente las probabilidades de obtener una respuesta favorable:

  • El formulario de solicitud correctamente cumplimentado es el documento básico. En Madrid capital se utiliza una instancia general normalizada, mientras que otros municipios pueden tener formularios específicos para este trámite. Es fundamental incluir todos los datos personales del solicitante, la ubicación exacta del árbol y los motivos detallados por los que se solicita la tala.
  • La documentación gráfica constituye un elemento esencial de la solicitud. Deben incluirse fotografías claras y recientes del árbol desde diferentes ángulos, mostrando su estado general, los problemas específicos que presenta (ramas secas, inclinación, daños, etc.) y su relación con el entorno (proximidad a edificaciones, infraestructuras o vías públicas). Estas imágenes son fundamentales para la evaluación técnica.
  • La localización precisa del árbol debe quedar perfectamente documentada. Si es posible, conviene incluir un plano o croquis indicando la ubicación exacta del ejemplar, especialmente en zonas con numerosos árboles donde podría haber confusión. En entornos urbanos, es útil referenciar la ubicación con respecto a números de portal, elementos urbanos cercanos o coordenadas GPS.
  • En casos específicos, se requerirá documentación técnica adicional. Si la solicitud se basa en daños a infraestructuras, será necesario aportar un informe elaborado por un técnico competente (arquitecto, ingeniero) que acredite la relación causal entre el árbol y los daños. Si se alegan motivos fitosanitarios graves, un informe de un especialista en arboricultura o patología vegetal reforzará significativamente la solicitud.
  • La documentación relativa a comunicaciones previas con el ayuntamiento sobre el mismo árbol también puede ser relevante. Si ya se han presentado solicitudes anteriores o se ha notificado el problema a través de canales oficiales (instancias, avisos al 010, etc.), conviene hacer referencia a estos antecedentes e incluir copias de dichas comunicaciones.
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Plazos de resolución y seguimiento de la solicitud

Los plazos de resolución varían según el municipio y la complejidad del caso. En términos generales, el procedimiento suele tardar entre uno y tres meses desde que se presenta la solicitud completa. Sin embargo, estos plazos pueden alargarse en períodos de alta demanda o si se requieren informes adicionales. Es recomendable consultar los plazos específicos en la ordenanza del municipio correspondiente.

En caso de silencio administrativo, es importante conocer sus implicaciones. Por lo general, si transcurre el plazo máximo de resolución sin respuesta del ayuntamiento, se entiende desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo. Esto significa que se puede entender como denegada. No obstante, este criterio puede variar según la normativa específica de cada municipio, por lo que conviene consultarlo previamente.

El seguimiento de la solicitud puede realizarse a través de diferentes canales. En Madrid capital, puede consultarse el estado del expediente mediante el número de registro asignado a la solicitud, bien presencialmente en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica. Además, muchos ayuntamientos permiten realizar consultas telefónicas o por correo electrónico sobre el estado de tramitación.

Si la solicitud resulta aprobada, es importante conocer los plazos de ejecución. Una vez autorizada la tala, el ayuntamiento programará los trabajos según sus calendarios operativos y disponibilidad de recursos. En situaciones urgentes, estos plazos pueden acortarse, pero en casos ordinarios pueden transcurrir semanas o incluso meses hasta la ejecución efectiva. Conviene mantener comunicación con los servicios municipales para estar informado sobre la fecha prevista de actuación.

Consejos para obtener una respuesta favorable

Conseguir que el ayuntamiento apruebe la tala de un árbol no es sencillo, especialmente considerando la creciente conciencia ambiental y la protección del arbolado urbano. Estos consejos pueden aumentar significativamente las probabilidades de éxito en la solicitud.

  • Documentar exhaustivamente el problema es fundamental. Cuanta más evidencia se aporte sobre el riesgo o problema que causa el árbol, más posibilidades habrá de obtener una resolución favorable. Fotografías de calidad desde diferentes ángulos, vídeos que muestren el movimiento del árbol en días de viento, o documentación periódica del deterioro progresivo del ejemplar resultan particularmente convincentes para los técnicos municipales.
  • Obtener informes técnicos profesionales representa una ventaja significativa. Un dictamen elaborado por un ingeniero agrónomo, forestal o un arborista certificado tiene mucho más peso que una simple apreciación personal. Si el árbol está causando daños estructurales, un informe de un arquitecto o ingeniero forestal que establezca la relación causal entre el árbol y los daños observados resulta casi imprescindible.
  • Mantener una comunicación constante y respetuosa con la administración facilita enormemente el proceso. El seguimiento periódico de la solicitud, siempre desde el respeto y la colaboración, predispone favorablemente a los técnicos y funcionarios municipales. Es importante evitar actitudes confrontativas, que suelen producir el efecto contrario al deseado.
  • Buscar el apoyo de otros vecinos o comunidades afectadas fortalece la solicitud. Si el problema afecta a varios vecinos o a una comunidad de propietarios, una solicitud conjunta o acompañada de firmas de apoyo tendrá mayor peso. Esto demuestra que la preocupación es compartida y no responde a intereses particulares.
  • Aportar alternativas y soluciones también genera una impresión positiva. Si junto a la solicitud de tala se muestran otras opciones evaluadas (poda selectiva, instalación de cables de soporte, etc.) y se explica por qué no resultan viables, se demuestra que la tala se solicita como último recurso tras haber considerado otras alternativas menos drásticas.

Procedimientos de urgencia en casos de riesgo inminente

Tala de arbol caido emergencia

Existen situaciones en las que un árbol representa un peligro inmediato y requiere una intervención urgente. En estos casos, los procedimientos administrativos se agilizan considerablemente para prevenir daños personales o materiales.

Los supuestos de emergencia por riesgo inminente están claramente definidos en la normativa. Se consideran situaciones de emergencia aquellas en las que un árbol presenta riesgo real e inmediato de caída (por ejemplo, tras fuertes temporales que han comprometido su estabilidad), cuando hay ramas de gran tamaño a punto de desprenderse sobre zonas transitadas, o cuando el árbol interfiere peligrosamente con infraestructuras críticas como tendidos eléctricos o señales de tráfico.

El protocolo de actuación inmediata implica contactar directamente con los servicios de emergencia. En estos casos, debe llamarse al teléfono de emergencias 112 explicando claramente la situación de riesgo. También es recomendable contactar con la Policía Local, que puede personarse en el lugar para evaluar la situación y activar los protocolos correspondientes. No es necesario esperar a completar un procedimiento administrativo ordinario cuando existe un riesgo real e inmediato.

Las ordenanzas municipales contemplan procedimientos abreviados para estas situaciones. El artículo 11.5 de la Ordenanza de Las Rozas, por ejemplo, establece que «en caso de que se haya solicitado la correspondiente Licencia junto con la documentación relacionada y se cuente con informe técnico suscrito por un facultativo competente motivando la necesidad de la tala por existir riesgo inminente, la tala se podrá realizar con carácter de urgencia, no resultando necesario esperar a la obtención de dicha Licencia».

La documentación posterior sigue siendo necesaria incluso en casos de urgencia. Aunque la actuación sea inmediata por motivos de seguridad, posteriormente será necesario regularizar la situación administrativamente. Esto implica presentar una solicitud formal acompañada de una declaración responsable donde consten las circunstancias que motivaron la urgencia de la actuación, así como documentación gráfica del árbol antes y después de la intervención.

Responsabilidades y competencias municipales

Comprender qué departamentos municipales tienen competencia sobre el arbolado urbano y sus responsabilidades específicas facilita enormemente la gestión de una solicitud de tala de árboles.

La estructura administrativa que gestiona el arbolado urbano varía según el municipio. En Madrid capital, la competencia principal recae en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes, dependiente del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. No obstante, en parques históricos o espacios singulares pueden intervenir otras áreas como Cultura o Patrimonio. En municipios más pequeños, suele ser la concejalía de Medio Ambiente o de Parques y Jardines quien asume estas competencias.

La distinción entre árboles públicos y privados es fundamental para determinar responsabilidades. Los árboles situados en vías públicas, parques o jardines municipales son responsabilidad directa del ayuntamiento, que debe encargarse de su mantenimiento y, cuando sea necesario, de su tala. Los árboles en terrenos privados son responsabilidad de sus propietarios, aunque necesiten autorización municipal para cualquier actuación sobre ellos.

El mantenimiento preventivo y las inspecciones regulares forman parte de las obligaciones municipales. Los ayuntamientos deben realizar revisiones periódicas del arbolado urbano para detectar ejemplares enfermos, dañados o peligrosos. Estas revisiones preventivas buscan identificar problemas antes de que constituyan un riesgo real. Los ciudadanos pueden y deben notificar al ayuntamiento cualquier situación anómala que observen en el arbolado público.

La responsabilidad por daños causados por árboles públicos recae generalmente en el ayuntamiento. Si un árbol de titularidad municipal causa daños a personas o bienes debido a falta de mantenimiento o negligencia en su conservación, el ayuntamiento puede ser responsable civil subsidiario. En estos casos, los afectados pueden reclamar responsabilidad patrimonial a la administración local, aportando pruebas del daño sufrido y de la relación causal con el árbol municipal.

Alternativas a la tala: podas y trasplantes

Antes de proceder a la tala de un árbol, los ayuntamientos suelen valorar alternativas menos drásticas que permitan conservar el ejemplar mientras se resuelven los problemas que causa.

La poda de seguridad es la alternativa más común a la tala completa. Cuando un árbol presenta problemas en algunas de sus ramas pero su estructura general es sana, una poda selectiva puede eliminar el riesgo manteniendo el ejemplar. Esta intervención consiste en eliminar las ramas secas, dañadas o mal orientadas que representan un peligro, respetando la estructura natural del árbol y su vitalidad. Los ayuntamientos suelen preferir esta opción cuando es técnicamente viable.

El trasplante es otra alternativa que se considera en determinadas circunstancias. Si el árbol es valioso (por su rareza, edad o porte) pero causa problemas en su ubicación actual, puede valorarse su traslado a otro emplazamiento. Esta operación es técnicamente compleja y costosa, por lo que suele reservarse para ejemplares singulares o de especial valor. En Madrid, por ejemplo, el Ayuntamiento realiza trasplantes de árboles afectados por obras cuando las condiciones del ejemplar lo permiten.

Los sistemas de sustentación artificial pueden emplearse en casos específicos. Para árboles con problemas estructurales pero que conservan valor ecológico o patrimonial, existen soluciones como cables de soporte, pernos o sistemas de anclaje que pueden proporcionar estabilidad sin necesidad de talar el ejemplar. Estas soluciones permiten conservar árboles que de otro modo deberían ser eliminados.

Las soluciones paisajísticas integradas también pueden evitar talas innecesarias. En algunos casos, cuando un árbol causa problemas con pavimentos, muros o instalaciones, pueden implementarse soluciones de diseño que integren al árbol, como pavimentos flexibles, muros adaptados o desvíos de instalaciones. Estas alternativas requieren mayor inversión inicial pero permiten conservar el patrimonio arbóreo urbano.

Sanciones por talar sin autorización

Cortar un árbol sin autorización puede acarrear graves consecuencias legales:

  • Multas económicas: En Madrid, las sanciones pueden superar los 100.000 euros.
  • Obligación de reposición: Deberás plantar nuevos árboles como compensación.

Es muy importante seguir siempre los procedimientos establecidos para evitar sancione.

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Preguntas frecuentes sobre la tala municipal de árboles

¿Puedo solicitar la tala de cualquier árbol público que me cause molestias?

No. El simple hecho de que un árbol cause molestias menores (como hojas caídas, polen o sombra) no es motivo suficiente para solicitar su tala. Los ayuntamientos solo aprueban la eliminación de árboles cuando existen causas justificadas como riesgo real para personas o bienes, problemas fitosanitarios graves o daños significativos a infraestructuras. La caída natural de hojas, frutos o semillas se considera parte del ciclo natural del árbol y no justifica su eliminación.

¿Quién paga los costes de la tala cuando el árbol es público?

Cuando se trata de árboles situados en espacios públicos (calles, parques, jardines municipales), los costes de la tala son asumidos íntegramente por el ayuntamiento. No se repercute ningún coste al ciudadano que ha solicitado la intervención. Sin embargo, si el árbol está en una zona privada, aunque su tala sea autorizada por el ayuntamiento, los costes corren por cuenta del propietario del terreno.

¿Cuánto tiempo tarda el ayuntamiento en ejecutar una tala aprobada?

Los plazos de ejecución varían considerablemente según el municipio, la carga de trabajo de los servicios de jardinería y la urgencia del caso. En situaciones de riesgo inminente, la actuación puede producirse en 24-48 horas. En casos ordinarios, el plazo habitual oscila entre dos semanas y tres meses desde la aprobación. Es recomendable hacer seguimiento periódico de la solicitud para estar informado sobre la fecha prevista de intervención.

¿Qué ocurre si el ayuntamiento deniega la solicitud de tala?

Si la solicitud es denegada tras la evaluación técnica, el ayuntamiento debe notificar esta decisión al solicitante, explicando los motivos. En estos casos, pueden proponerse alternativas como podas selectivas o seguimiento periódico del ejemplar.

Si el solicitante no está conforme con la resolución, puede presentar recursos administrativos (reposición o alzada) dentro de los plazos legalmente establecidos. También puede aportar nueva documentación técnica y presentar una nueva solicitud fundamentada en aspectos diferentes.

¿El ayuntamiento planta nuevos árboles para compensar los talados?

. Los ayuntamientos tienen la obligación legal de compensar los árboles eliminados mediante la plantación de nuevos ejemplares. La Ley 8/2005 de la Comunidad de Madrid establece que debe plantarse un ejemplar adulto de la misma especie por cada año de edad del árbol talado. Estas replantaciones suelen realizarse en la misma zona o, si no es posible, en otros espacios verdes municipales. De este modo se garantiza que el patrimonio arbóreo urbano se mantenga o incremente con el tiempo.

¿Es posible conocer el historial de inspecciones de un árbol público?

, esta información puede solicitarse al ayuntamiento invocando el derecho de acceso a la información pública. Los ciudadanos pueden presentar una solicitud formal requiriendo datos sobre las inspecciones y actuaciones realizadas en un árbol o grupo de árboles específicos. Esta información puede ser relevante para fundamentar una solicitud de tala, especialmente si se han detectado problemas recurrentes en inspecciones anteriores.

¿Qué hacer si un árbol municipal ha causado daños a mi propiedad?

Si un árbol de titularidad municipal causa daños a una propiedad privada, el afectado puede presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el ayuntamiento. Para ello, debe aportar pruebas del daño sufrido (fotografías, facturas de reparación, informes periciales) y de la relación causal con el árbol municipal. Esta reclamación se tramita conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Es recomendable contar con asesoramiento legal para este procedimiento.

La gestión del arbolado urbano representa un equilibrio delicado entre la conservación del patrimonio natural y la seguridad ciudadana. Los ayuntamientos tienen la responsabilidad de mantener este equilibrio, aplicando criterios técnicos y científicos en sus decisiones sobre el arbolado público. Como ciudadanos, nuestra participación activa en la identificación de problemas y la comunicación adecuada con las administraciones locales contribuye significativamente a una gestión más eficiente y sostenible del bosque urbano que compartimos.

En Podas y Talas TALANDO estamos comprometidos con la gestión responsable del arbolado, ofreciendo asesoramiento técnico para la realización de estos trámites administrativos y ejecutando trabajos profesionales de poda y tala cuando están debidamente autorizados. La conservación del patrimonio arbóreo urbano es una responsabilidad compartida que beneficia a toda la comunidad.

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